jueves, 30 de junio de 2011

CONSENTIMIENTO INFORMADO

Relación médico – persona
Relación enfermero - persona
Fuente de Derechos y Obligaciones
Consentir
. tr. Permitir algo o condescender en que se haga. U. t. c. intr.
. tr. Der. Otorgar, obligarse.
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Es una declaración de voluntad por la cual, una persona, luego de recibir la información suficiente y debida, referida al procedimiento diagnóstico o terapéutico que se propone como médicamente aconsejable, decide prestar conformidad para su realización o no.
DEBER DE INFORMAR            CONSENTIR
¿Cuándo debe solicitarse?
Dec. 2497/1993
Ley 24004
Ley 298 (art. 5º)
INCUMBENCIAS
E) colocar sondas y controlar su funcionamiento
I) colaborar en los procedimientos especiales de diagnóstico y tratamiento
L) realizar punciones venosas periféricas
M) participar en los tratamientos quimioterápicos, en diálisis peritoneal y hemodiálisis
El rol del Estado
Nuevo contexto legal
Ley básica de salud – Ley 153 de la Ciudad de Buenos Aires
Derechos de las personas en art. 4º
»La intimidad, privacidad y confidencialidad de la información relacionada con su proceso salud - enfermedad
»El acceso a su historia clínica y a recibir información completa y comprensible sobre su proceso de salud y a la recepción de la información por escrito al ser dado de alta o a su egreso  
»Inexistencia de interferencias o condicionamientos ajenos a la relación entre el profesional y el paciente en la atención e información que reciba
»Un profesional que sea el principal comunicador con la persona, cuando intervenga un equipo de salud
Ley básica de salud – Ley 153 de la Ciudad de Buenos Aires
Derechos de las personas en art. 4º
»Solicitud por el profesional actuante de su consentimiento informado, previo a la realización de estudios y tratamientos
»Solicitud por el profesional actuante de consentimiento previo y fehaciente para ser parte de actividades docentes o de investigación
»En el caso de enfermedades terminales, atención que preserve la mejor calidad de vida hasta su fallecimiento
»Acceso a vías de reclamo, quejas, sugerencias, y propuestas habilitadas en el servicio en que se asiste y en instancias superiores
»En caso de urgencias, a recibir los primeros  auxilios en el efector más cercano, perteneciente a cualquiera de los subsectores
REQUISITOS
De la persona:
Competencia
No coerción
De la información:
Suficiente
Debida
Veraz
Persona Competente
Edad
Discernimiento
Intención
Libertad (actos voluntarios art. 277 CC)
Ausencia de coerción, interna, externa.
Capacidad para consentirEl CI es un acto jurídico, y se requiere de plena capacidad para otorgarlo (21 años).
Debe aplicarse analógicamente legislación relativa a actos médicos, que fija una menor edad (18 años).
El CI se vincula a una cuestión de  discernimiento y no de capacidad (10/14 años). Acto no negocial, capacidad de hecho
El CI es un simple acto lícito:  (Definición caso a caso).INFORMACIÓN
Naturaleza,  características y objetivos del procedimiento.
Beneficios
       Los esperados y las probabilidades de éxito.
Riesgos:
 Los más graves  - los más frecuentes.
(P., R. N.  c. Est. Nacional,  CNFed. Civ. y Com., Sala I, diciembre 28-993, LL 1994-D, p. 20 
"P. c. V. s/Daños y Perjuicios", CNCiv. Sala “E”, 3/2/95, inédito ).
Alternativas terapéuticas
 Razones                   
Éticas:  con raíces en la autonomía de la voluntad del paciente y la capacidad de autodeterminación, aún para las decisiones médicas.
 Jurídicas:  el ordenamiento legal les confiere obligatoriedad.
Razones éticas
AUTONOMÍA
CONFIDENCIALIDAD
VERACIDAD
PATERNALISMO vs. AUTONOMÍA
Razones jurídicas
Ley Básica de Salud C.B.A. 153/99 DRs 208/01 y 2316/03
Capítulo II – Art. 4º Derechos y obligaciones de las personas
“Solicitud por el profesional actuante de su consentimiento informado, previo a la realización de estudios y tratamientos;...”
Razones jurídicas – Ley 153 C.B.A.
El profesional que solicite el consentimiento informado de su paciente para la realización de estudios y tratamientos, previo a ello deberá brindarle información respecto a los estudios o tratamientos específicos, riesgos significativos asociados y posibilidades previsibles de evolución. También se le deberá informar la existencia de otras opciones de atención o tratamientos significativos si las hubiere.
Toda persona que esté en condiciones de comprender la información suministrada por el profesional actuante, que tenga suficiente razón y se encuentre en condiciones de formarse un juicio propio, puede brindar su consentimiento informado para la realización de estudios y tratamientos. Se presume que todo/a niño/a o adolescente que requiere atención en un servicio de salud está en condiciones de formar un juicio propio y tiene suficiente razón y madurez para ello; en especial tratándose del ejercicio de derechos personalísimos (tales como requerir información, solicitar testeo de HIV, solicitar la provisión de anticonceptivos).Razones jurídicas – Ley 153 C.B.A.
Se podrá prescindir del procedimiento para obtener el consentimiento informado del paciente cuando: i) a criterio del profesional actuante existan riesgos para la Salud Pública; e ii) cuando el paciente no pueda expresar su consentimiento y la gravedad del caso no admita dilaciones, salvo que existan indicios que permitan presumir la negativa del paciente a aceptar los estudios o tratamientos propuestos.
Aplicación de la Regla del Consentimiento Informado
Qué se debe informar
Manejo de la Información
Cuanto más extraños sean médicos y enfermos a las valoraciones y objetivos del otro, más necesidad habrá de configurar normas explícitas que rijan el consentimiento libre e informado, y que éste abarque en detalle todos los aspectos del tratamiento. Cuanto más coincidan médicos  y pacientes  en sus criterios sobre las metas de la asistencia sanitaria en particular, y de la vida en general, menos necesidad habrá de revelaciones muy elaboradas, aunque algún tipo de revelación siempre será necesario.
Tristram Engelhardt   Los fundamentos de la bioética
Qué debe figurar en el consentimiento
FALLO JUDICIAL
FALLO C.S.J.
FALLO DR. P. HOOFT
FALLO JUDICIAL
Efectos positivos del C.I.
Respeta la autonomía individual.
Favorece una buena relación médico paciente.
Protege al profesional: impide que se le responsabilice por la materialización de riesgos conocidos de procedimientos aplicados.
Obliga a efectuar una valoración riesgo/ beneficio.
Promueve la racionalidad en la indicación.
Permite que la decisión de someterse o no al procedimiento médico sea tomada por el interesado principal.
Fomenta la autocrítica médica.
Recomendaciones
Preparar información escrita en lenguaje simple
Informar tiempo antes del procedimiento.
Sintetizar en la historia clínica la información brindada.
Permitir que se requieran aclaraciones.
Verificar que el paciente entendió.
En lo posible, informar también a la familia
En lo posible, hacer firmar el formulario de consentimiento informado (al paciente ¿y a algunos de sus familiares?)
Anotar en la historia clínica datos característicos del paciente en cuestión, y circunstancias por él relatadas.
CONSENTIMIENTO INFORMADO
ACTO MÉDICO
NO ES UN ACTO ADMINISTRATIVO
ES UNA OBLIGACIÓN MORAL
ES UNA EXIGENCIA LEGAL
CUÁNDO DEBE SOLICITARSE
CUÁNDO PUEDE OBVIARSE
NO SE OLVIDEN DE VERIFICAR LA COMPETENCIA DE LA PERSONA
NO SE OLVIDEN DE INFORMAR Y ASEGURARSE QUE LA OTRA PERSONA COMPRENDIÓ LO INFORMADO
RECUERDEN QUE LA TOMA DE DECISIÓN ES COMPLEJA Y TIENE COMPONENTES BIOMÉDICOS, MÉDICO LEGALES, BIOÉTICOS Y ECONÓMICOS
RECLAMEN LA PARTICIPACIÓN DEL MÉDICO LEGISTA EN LA INSTITUCIÓN

martes, 28 de junio de 2011

TECNICAS DE ENFERMERÍA

COLOCACIÓN DE SONDA TIPO FOLEY/ NELATON
l      Definición: consiste en colocar un catéter a través de la uretra ingresando por el meato urinario; también puede realizarse por vía percutánea mediante punción suprapúbica o por cirugía.
l      El cateterismo uretral es el procedimiento más simple y menos riesgoso. La punción suprapúbica lo realiza un médico con experiencia valorando todos los riesgos.
Indicaciones
Diagnósticas
l      Para colectar orina para urocultivo, evitando contaminación.
l      Para medir el volumen residual en afecciones prostáticas o neurogénicas.
l      Instilación de solución salina o agua destilada para estudios radiográficos urodinámicos.
l      Para exámenes diagnósticos como la endoscopía.
Terapeuticas
l      Retenciones urinarias agudas o crónicas.
l      Obstrucción urinaria por cálculos.
l      Vejigas neurogénicas con residuo, retención o incontinencia.
l      Instilaciones medicamentosas en vejiga por cistitis intersticial o postoperatorio de tumores vesicales.
Contraindicaciones y precauciones
Contraindicaciones:
l      Pacientes con obstrucción total o parcial de la uretra y  o lesiones en su tracto, uretritis aguda.
Precauciones:
l      Suspenda el procedimiento si hay resistencia al insertar la sonda.
l      No insufle el balón sin que se produzca previamente reflujo de orina.
l      Si hay globo vesical vacíe la vejiga de manera intermitente.
l      En traumas vesicales o uretrales.
l      En estenosis traumáticas o inflamatorias de la uretra.
l      Malformaciones uretrales y vesicales congénitas o adquiridas.
l      Postoperatorio de cirugías urológicas, ginecológicas, intestinales, neurológicas y otras.
l      Incontinencia urinaria postanestésica.
l      Fístulas postoperatorias.
Tipos de catéteres
l      Tipo Foley: por períodos prolongados de tiempo. Material de latex o silicona, pueden ser de dos o tres vías. Usar antibiótico profilaxis en pacientes de riesgo (diabéticos, inmunodeprimidos o con infecciones urinarias repetidas).
l      Tipo Nelaton: para el vaciado de la vejiga y retirado posterior.
l      Clasificación por calibres con un rango entre 0,6 Fr y 24.
Materiales
l      Catéter vesical de 10 a 24 Fr.
l      Compresa fenestrada.
l      Gasas estériles.
l      Solución antiséptica.
l      Guantes estériles.
l      Lubricante hidrosoluble.
l      Jeringa de 10 cc. con agua destilada estéril.
l      Impermeable.
l      Bolsa colectora de orina.
l      Recipiente para recolección de muestra.
Técnica
l      Verificar indicación médica.
l      Informar el procedimiento al paciente para lograr su colaboración.
l      Colocar al paciente en posición de litotomía.
l      Realizar higiene perineal.
l      Colocar impermeable para proteger el colchón.
l      Realizar asepsia en la zona perineal.
l      Colocarse guantes.
l      Colocar el campo fenestrado estéril.
l      Conectar la cápsula media a la bolsa de drenaje y verificar que todos los circuitos estén cerrados.
l      Sujetar la sonda tipo Foley o Nelaton.
l      Separar los labios en la mujer o mantener  el miembro masculino en un ángulo de 60°.
l      Lubricar con lubricante hidrosoluble  estéril el extremo proximal de la sonda o                                          introducir lubricante en el meato urinario.
l      Introducir la sonda en el meato,  5 cm  aproximadamente en la mujer y 15 a 18 cm.  en el hombre, hasta observar orina en la luz de la sonda.
l      Insuflar el balón con solución fisiológica estéril según volumen indicado por el fabricante.
l      Colocar la bolsa colectora en un nivel inferior para permitir el drenado por gravedad.
l      Conectar en la cápsula lateral el equipo de infusión para el lavaje continuo, en caso de sonda con varias vías.
Registro
l      Registrar fecha y hora de la cateterización.
l      Características de la orina.
l      Problemas observados durante el procedimiento.
l      Firma y sello.
ACCESOS VENOSOS
Vías periféricas: se usan preferentemente las venas de la mano y antebrazo por la facilidad de acceso y la estabilidad que se logra.
l      Se deben evitar los miembros inferiores por el riesgo de trombosis.
l      En casos de reanimación o shock, se puede hacer punción en vena yugular externa, safena o femoral.
l      Se pueden administrar grandes volumenes pero a una velocidad de flujo limitada.
l      No se deben administrar soluciones hiperosmolares porque provocan flebitis.
l      El calibre y longitud depende del fin; para transfundir sangre se utiliza calibre 18 o más gruesos.
Vías centrales: La punta del catéter debe estar situada en la vena cava superior.
l      Se usan catéteres radiopacos.
l      Se indica para medir presión venosa central o de la arteria pulmonar (catéter de Swan-Ganz), para la nutrición parenteral o irritantes para el endotelio, en la hemodiálisis o marcapasos transvenoso.
l      Se pueden administrar cantidades ilimitadas y sin límite de flujo.
l      Se usa la vena yugular externa e interna, subclavia, o la vena basílica, cefálica o femoral con un catéter largo.
l      Valoración: prevenir, detectar y tratar las infecciones, trombosis y extravasación de líquido.
Accesos arteriales
l      Es necesaria para el estudio de los gases sanguíneos.
l      Se precisa una jeringa para gasometría o una heparinizada y una aguja calibre 22 G.
l      Se punciona la piel en un ángulo de 30° y se produce la aparición de sangre sin necesidad de aspirar.
l      Se indica para obtener varias muestras de sangre arterial, para gasometría arterial y monitorización de la presión arterial de forma precisa y continua.
l      El lugar ideal es la arteria radial, pero también se usa la pedia, femoral, axilar, cubital, tibial posterior, temporal y humeral.
l      Complicaiones: trombosis, infección, embolla, necrosis cutánea, fístulas o aneurismas y hemorragias durante la desconexión de la arteria.
Venoclisis
Tipos de soluciones:
l      Cristaloides: se usa para reemplazar los líquidos de mantenimiento y las pérdidas del tercer espacio.
l      Coloides: se usan para reemplazar las pérdidas sanguíneas o restaurar el volumen intravascular.
l      Nutrición parenteral: nutrietes (carbohidratos, triglicéridos y aminoácidos) que se administran en su forma levógira.
l      Hemoderivados: como la infusión de sangre, se considera como una forma de transplante ya que son tejidos vivos.
Indicaciones:
l      Vía de administración de fármacos y soluciones o fluídos.
l      Aportes nutricionales en desnutrición.
l      Apoyo en intervenciones quirúrgicas.
l      Obtención de muestras sanguíneas.
Cálculo del goteo
l      Los equipos pueden ser de macrogoteo o microgoteo. Una macrogota equivale a TRES microgotas. 20 macrogotas equivale a 1 cc.
Fórmulas:
l      Cantidad de frascos a pasar en 24 horas por 7 = gotas a pasar por minuto para macrogoteo. Por ejemplo pasar 2 frascos en 24 horas:
          2 frascos X 7 = 14 gotas x’
l      Cantidad de frascos a pasar en 24 horas por 7 = gotas a pasar por minuto para macrogoteo por 3 para microgoteo. Por ejemplo pasar 2 frascos en 24 horas:
          2 x 7 = 14gx’ x 3 = 42gx’ (microgoteo)
l      Si tenemos que pasar 100 cc. en macro o microgoteo en media hora, la fórmula es la siguiente:
Cantidad de líquido a pasar X factor goteo = gx’
Tiempo en minutos
Factor goteo:
l      20 macrogoteo. 20 gotas = 1 cc.
l      60 microgoteo. 60 gotas = 1 cc.

100 cc. X 60 = 200 gx’ (en microgoteo)
30’                            .        .

100 cc. X 20 = 66 gx’ (en macrogoteo)
30’                          .              .
Materiales para venoclisis
l      Aguja
l      Catéter de teflón (con cánula para la aguja y su tapa de plástico).
l      Líquido para infundir.
l      Equipo de goteo (macro o micro).
l      Torniquete.
l      Rótulo de identificación.
l      Algodón.
l      Alcohol o antiséptico.
l      Tela adhesiva.
l      Bolsa de papel.
l      Soporte.
Procedimiento para colocación de venoclisis
l      La selección del tipo de catéter, el calibre y el sitio, dependerá de las necesidades del paciente, del tiempo por el que permanecerá colocado y las condiciones físicas del paciente.
l      Hay diferentes tipos de catéteres: puede ser agujas metálicas tipo mariposa (Batter), catéter de teflón con guía metálica y catéteres de silicona con introductor palpable el que constituye una vía central por un abordaje periférico.
Preparación de la solución a infundir
l      Lavarse las manos.
l      Abrir el equipo y la solución a infundir, colocar el extremo distal del equipo en el interior del frasco de solución.
l      Cerrar el paso de solución con el obturador del equipo, levantar el frasco y con la otra mano hacer presión en la cámara de cuentagotas hasta cubrir la mitad de ésta con solución.
l      Abrir lentamente el regulador de goteo hasta que la solución purgue el equipo.
l      Cerrar nuevamente el regulador. Colocar el equipo y solución sobre una bandeja descontaminada.
l      Colocar el rótulo correspondiente.
Selección de la vena
l      Llevar el equipo a la unidad del paciente.
l      Cortar dos trozos de tela adhesiva para la fijación inmediata.
l      Explicar el procedimiento y solicitar colaboración.
l      Seleccionar la vena preferentemente en la mano no dominante del paciente.
l      Colocar el torniquete y pedir que cierre y abra la mano.
l      Buscar la vena de calibre adecuado (evitando el dorso de la mano y el pliegue del codo).
Venopunción
l      Realizar la asepsia en la zona en forma circular desde el centro a la periferia.
l      Con la mano dominante tomar el elemento para la punción y con la otra sostener firme y estirar la piel con el dedo pulgar en contra de la dirección de la punción.
l      Punzar un cm por debajo y al costado del sitio exacto.
l      Introducido el catéter de teflón, verificar el retorno de sangre en el receptáculo posterior del catéter.
l      Presionar suavemente el extremo proximal del catéter, retirar el mandril y conectarlo al equipo de infusión.
l      Regular el goteo indicado por el médico.
l      Deje al paciente cómodo.
l      Retire el equipo.
l      Realice los cuidados del mismo
Precauciones y registro
Precauciones:
l      Mantener la asepcia
l      Observar la reacción inmediata del paciente
l      Evitar canalizar las venas de los pliegues
l      Evitar zonas lesionadas
l      En caso de flebitis, dolor local o signos de reacciones pirógenas retirar la vía.
Registro:
l      Fecha y hora del procedimiento
l      N° de tentativas del procedimiento
l      Lugar de la venopunción
l      Calibre del catéter utilizado
l      Observaciones de importancia
l      Firma y sello

BALANCE HÍDRICO
l      Es la relación que existe entre la ingestión y la excreción de agua, electrolitos y coloides en el organismo.
l      El líquido corresponde al 60% del peso corporal y se distribuye en el espacio intracelular el 66%; en el espacio intravascular el 7% y en el espacio intersticial el 27%.
Electrolitos
Intravascular
Intersticial
Itracelular
Sodio Na
142 mEq/L
146 mEq/L
15 mEq/L
Potasio K
5 mEq/L
5 mEq/L
150 mEq/L
Alteraciones comunes
l      Déficit en el volumen de líquidos: disminución de la concentración de líquidos en el organismo relacionado con la ingesta deficiente o aumento de las pérdidas.
l      Exceso en el volumen de los líquidos: es la sobrecarga de la concentración de líquidos relacionado con un aumento en los ingresos o un déficit en la eliminación.
l      Balance hídrico positivo: cuando los ingresos son superiores a los egresos.
l      Balance hídrico negativo: cuando los egresos son superiores a los ingresos.

Planilla de balance hídrico
l      Nombre de paciente...
l      Sala...
l      Cama...
l      Diagnóstico médico...

Fecha
Hora
T
R
P
T/A
Ingresos
Egresos
Observa -ciones
Caract
Vol
Caract
Vol

































l      Fecha y hora.
l      SV: se alteran cuando hay aumento o disminución de los líquidos.
l      Ingresos:
l      Características: solución fisiológica, dextrosa al 5%, infusión de té, desyuno, almuerzo, vaso de agua, etc.
l      Volumen: en el caso de ingresos artificiales (SF, Da5%) anotar lo que ya pasó.
l      Egresos:
l      Características: orina, deposición, vómito, drenaje, sudor, menstruación, etc.
l      Volumen: la cantidad exacta o aproximada.
l      Observaciones: Características de los egresos, características de los signos vitales por ejemplo: P: frecuencia (bradifignia, taquifignia, normofignia), ritmo (regular o irregular), intensidad (fuerte o débil), dureza, o sea cuánto tengo que apretar (duro o blando), amplitud (ancho o angosto).